¿Puedo usar la Ley 546 de 1999 (la llamada “Ley de Vivienda”)
si mi crédito es reciente?

Claramente, lo que quiere toda persona que está pagando casa a un banco es ser DUEÑA realmente de su propiedad en el menor tiempo posible; y la ley respalda a los usuarios.

Ahora, acerca de este tema hay muchos mitos y confusiones, y una muy difundida es que hay que “esperar” para aplicar a estos beneficios; me anticipo diciéndoles que es totalmente falsa esa creencia.

Lo mejor es aplicar los beneficios entre más joven sea el crédito, porque es en esos primeros años donde se pagan más intereses. La participación a capital en los primeros 10 años de cuotas es muy poca, y solo al final vas a ver amortizar tu deuda. Reitero, no solo la ley lo permite, sino que además es muy rentable para las familias.

¿Qué dice la Ley de Vivienda?

  • La Ley 546/99 regula los créditos para vivienda individual, ya sea para compra de vivienda nueva o usada, construcción o mejoramiento. Superfinanciera+1
  • Los créditos deben tener ciertas características: garantía hipotecaria de primer grado sobre la vivienda, plazo de amortización entre 5 y 30 años y un sistema de amortización aprobado por la autoridad financiera. Suin Juriscol+2Superfinanciera+2
  • Importante: Uno de los derechos consagrados es que puedas pre-pagar (total o parcialmente) tu crédito en cualquier momento sin penalidad. Suin Juriscol+1
  • En caso de abonos parciales, tienes derecho a decidir si esos abonos reducen la cuota mensual o el plazo del crédito. Suin Juriscol+1


¿Qué significa esto para un crédito reciente?

Si tu crédito cumple con los criterios de la ley —es un crédito hipotecario para vivienda, con garantía hipotecaria, plazo adecuado, etc.—, entonces la edad del crédito no es un obstáculo para acogerte a los beneficios de la Ley.

  • En otras palabras: no existe un requisito normativo que diga “el crédito debe tener mínimo X años para aplicar la Ley”. Lo esencial es que sea un crédito de vivienda. Superfinanciera+1
  • Por eso, aunque tu crédito sea nuevo, puedes hacer amortizaciones anticipadas, cambiar condiciones, abonar capital, etc., respaldado por la Ley.

ANÁLISIS Es claro que, por el sistema de amortización que se usa en Colombia, en los primeros años la participación a capital es muy baja, y cuando se reclama reducción de plazo, se hace con el objetivo de disminuir esos años iniciales que no son favorecedores. Igualmente, cuando se solicita cambio de sistema de amortización, entre más rápido se gestione, mejor es para la familia, ya que se evitan los primeros años de UVR.

Lo que sí debes revisar/tener en cuenta.

  • Si quieres hacer alguna gestión adicional a lo que dice la ley, los bancos tienen políticas internas que debes consultar en caso de querer realizar abonos a capital o cambios de sistema de amortización.
  • Cualquier abono o prepago, analízalo previamente y documéntalo bien, y que la entidad bancaria reconozca el derecho al prepago sin penalidad —como lo consagra la Ley, ya que son muchas las historias que nos han demostrado que las familias no se sienten favorecidas después de realizar grandes abonos a capital al principio (por eso creería yo que los empleados bancarios no los recomiendan).
  • Empresas especializadas en gestionar los beneficios de Ley de Vivienda, como Susfinanzas, saben exactamente qué pedirle al banco y cómo hacerlo, y por ello es que con nuestra experiencia y trayectoria podemos garantizar el cumplimiento de lo que te prometemos.

Si tu crédito es reciente, aprovecha la Ley de Vivienda: mientras esté formalizado como “crédito de vivienda” bajo los criterios normativos, tienes derecho a beneficiarte de sus protecciones y ventajas: amortizar anticipadamente, abonar capital, reducir plazo o cuota sin penalidades, etc. ¿Qué haría yo, si fuera tú? Buscaría a los expertos para recibir asesoría personalizada y que me garanticen que mi resultado será el mejor posible, sin caer presa de trámites y negativas engorrosas por desconocimiento de los empleados bancarios o porque no están implementadas en sus sucursales mecánicas que faciliten a los usuarios estos procesos. ¡El que sabe, SABE! Y SusFinanzas ha demostrado ser el mejor en mejoramiento de créditos hipotecarios; podemos ayudarte a reducir el plazo de forma efectiva, sin hacer grandes abonos a capital y, sobre todo, conservando todos los beneficios que ya tienes con tu banco. Cuanto más rápido lo hagas, MEJOR; cada vez que pagues la cuota, verás cuánto se va a capital y cuánto se va a intereses.

Lina María López
Gerente Comercial de la compañia